AYUD0102T02 - Subvención a Comunidades Asturianas con reconocimiento de asturianía en el exterior

   El 19 de mayo de 2023, se ha publicado en el Boletín del Principado de Asturias el extracto de la Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Consejería de Presidencia, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a las comunidades asturianas con reconocimiento de asturianía del exterior para el ejercicio 2023.

 ( https://sede.asturias.es/bopa/2023/05/18/2023-04149.pdf )

   EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN COMIENZA EL 19 DE MAYO, Y TERMINA EL 16 DE JUNIO DE 2023 A LAS 23:59 HORAS.

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0102T02 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

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Muy importante

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 Quienes deseen participar en esta convocatoria podrán presentar su solicitud mediante alguno de los siguientes canales:

1.- Sede electrónica del Principado de Asturias: Si desea realizar este proceso por internet deberá seguir el procedimiento:

a) Acceder a la sede electrónica, https://sede.asturias.es.

b) Introducir en el buscador el código AYUD0102T02 y pinchar sobre el procedimiento respectivo. (o pinchar el siguiente enlace)

https://sede.asturias.es/-/dboid-6269000008546049607573?redirect=%2Fweb%2Fsede%2Ftodos-los-servicios-y-tramites%3Fp_r_p_searchText%3DAYUD0102T02

c) La entidad solicitante deberá disponer de alguno de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica del Principado de Asturias. El sistema elegido por el solicitante deberá estar instalado antes del paso siguiente.

d) Pinchar “iniciar solicitud”, y seguir los pasos para cumplimentar la solicitud y adjuntar la documentación digitalizada, hasta que quede concluido el proceso de Registro Electrónico.

2.- Registro electrónico: Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias, debiendo presentarse, junto con la documentación que complementa la misma, en cualquiera de los registros electrónicos a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en adelante LPAC.

3.- Presencialmente: Excepcionalmente, teniendo en cuenta las dificultades que conlleva para las Comunidades Asturianas ubicadas fuera del territorio español la presentación electrónica de las solicitudes, habida cuenta de que están situadas en países con niveles de desarrollo tecnológico muy diferentes, constituidas de acuerdo con la legislación aplicable en su país y con características legales, técnicas y funcionales no asimilables a la situación vigente en Asturias, podrán presentar las solicitudes presencialmente siguiendo el procedimiento establecido a tal fin:

a) Acceder a la sede electrónica, https://sede.asturias.es.

b) Introducir en el buscador el código AYUD0102T02 y pinchar sobre el procedimiento respectivo.

c) Acceder a los formularios normalizados disponibles en el apartado Documentación relacionada. Los formularios permiten su cumplimentación previa y posterior impresión.

d) Las solicitudes se formalizarán por escrito en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias, presentándose en cualquiera de los registros u oficinas por los medios a que se refiere el artículo 16.4 de la LPAC y el artículo 8 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, del Régimen Jurídico de la Administración, como es el caso de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Con independencia de lo manifestado en el párrafo anterior, es necesario indicar que aquellas solicitudes presentadas en las oficinas de los servicios postales y/o empresas de mensajería de los países de residencia de las Comunidad Asturianas del exterior, dentro del plazo indicado (19 de mayo al 16 de junio), serán admitidas, aunque la fecha de entrada en el Registro de la Consejería de Presidencia sea posterior al del último día del plazo y no lo excedan en más de 20 días naturales. Para ello se tendrá en cuenta la fecha del franqueo postal que aparezca en el sobre que contenga la documentación y/o el albarán de recepción de la mercancía de la empresa de mensajería.

NOTA: El teléfono de incidencias ante cualquier problema en la presentación de documentación a través del Registro Electrónico del Principado de Asturias es el +34 985 279 100.