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EL GOBIERNO DE ASTURIAS DESTINA 120.000 EUROS PARA LOS CENTROS ASTURIANOS DEL EXTERIOR

 

EL GOBIERNO DE ASTURIAS DESTINA 120.000 EUROS PARA LOS CENTROS ASTURIANOS DEL EXTERIOR

SON SUBVENCIONABLES ACTIVIDADES CULTURALES, GASTOS ORDINARIOS Y GASTOS POR COMPRA O ALQUILER DE LA SEDE ASTURIAS EN EL MUNDO.

 

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publicó ayer lunes día 6 la resolución del Gobierno por la que se autoriza el gasto de 120.000 euros para las comunidades asturianas del exterior, de los que 50.000 son para subvencionar las actividades culturales de los centros situados en el territorio español y 70.000 para los centros asturianos del extranjero.

Las subvenciones, que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, tienen tres ámbitos de actuación: Actividades de impulso y difusión de la cultura asturiana, gastos ordinarios de la sede y gastos derivados de los intereses de la adquisición o del pago del arrendamiento del inmueble en el que se ubique la sede social.

En la línea de ayudas a la cultura podrán ser objeto de subvención las actividades cuya finalidad sea el impulso y difusión de la cultura, tradición y folclore asturiano así como la promoción de Asturias en el municipio o país en el que se ubica la Comunidad Asturiana solicitante, tales como celebraciones de toda índole en torno a fechas que tengan significación en Asturias vinculadas con la cultura y tradición asturiana; celebraciones de eventos culturales relacionados con la cultura, el folclore, la gastronomía y el deporte asturiano; cursos de gaita, tambor y baile asturiano, así como cualesquiera otros vinculados con la tradición asturiana o la difusión y práctica de deportes tradicionales asturianos.

Asimismo, podrán ser objeto de subvención aquellas actividades desarrolladas en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que tengan por objeto el acercamiento, intercambio y aproximación de grupos de personas emigrantes asturianas o descendientes hasta segundo grado, residentes fuera del Estado español.

En la línea de gastos de mantenimiento, podrán ser objeto de subvención los gastos de mantenimiento ordinario de la sede donde se ubique la Comunidad Asturiana, ya sea en España como en el exterior, siempre que ésta haya sido beneficiaria de subvenciones con cargo a la Línea 1.

En la tercera línea se podrán subvencionar los gastos derivados de los intereses de la adquisición o del pago del arrendamiento del inmueble en el que se ubique la sede social, ya se encuentre en España o en el exterior, siempre que ésta haya sido beneficiaria de subvenciones con cargo a la Línea 1.

El plazo para solicitar estas ayudas, para las que es necesario tener reconocida la asturianía, finaliza el miércoles, día 29 y se puede solicitar tanto por correo electrónico como de manera presencial.

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